Abrió su tienda de ropa a finales de 2019. Cuatro meses después, la pandemia la obligó a bajar la persiana. Como miles de autónomos, se acogió a la prestación por cese de actividad y aguantó como pudo hasta 2023. Lo que entonces fue un salvavidas acabó convertido en una deuda más: la mutua le exigió devolver la prestación por cese de actividad, y esa reclamación se sumó a las de bancos, proveedores y administraciones.
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada le cancela más de 70.000 euros en menos de cuatro meses desde la declaración del concurso.
El caso en números
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- Negocio: tienda de ropa en un municipio de la Vega de Granada, abierta a finales de 2019 y cerrada en 2023, tras tres ejercicios consecutivos en pérdidas.
- Deuda: más de 70.000 euros repartidos entre once acreedores: un préstamo ICO, microcréditos para emprendedores, préstamos al consumo, proveedores textiles, Seguridad Social, recaudación provincial y la mutua.
- Situación actual: trabaja a media jornada en hostelería y cobra el subsidio para mayores de 52 años. En total, unos 980 euros al mes, que se van casi íntegros en alquiler, comida y transporte.
- Patrimonio: prácticamente ninguno. Ni vivienda, ni vehículo, ni ahorros.
- Plazo: menos de cuatro meses entre la declaración del concurso y la exoneración.
Las claves del caso
1) Devolver la prestación por cese de actividad: cuando la ayuda COVID se convierte en deuda
Durante la pandemia, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social tramitaron miles de prestaciones por cese de actividad. Muchas se revisaron después, y cuando la mutua concluyó que no se cumplían los requisitos, exigió su reintegro.
Eso le ocurrió a nuestra clienta: algo más de 3.000 euros que tuvo que devolver por los periodos en que tuvo la tienda cerrada. Una vez firme el reintegro, su cobro pasa a la Tesorería General de la Seguridad Social, que lo trata como una deuda más de la Seguridad Social, igual que las cuotas de autónomo impagadas.
Aquí está el error más habitual. Quien recibe esa reclamación suele pensar: «Es dinero público, eso no hay ley que me lo perdone». No es así. El art. 489.1.5º TRLC permite exonerar las deudas con la Seguridad Social hasta un límite por deudor. En este caso, el reintegro y las cuotas de autónomo pendientes quedaban dentro de ese margen, y ambas deudas se cancelaron.
Si la mutua te reclama la devolución, no des por hecho que esa deuda te acompañará siempre. Lo primero es comprobar quién la cobra y cuánto debes en total a la Seguridad Social.
2) Once acreedores, un solo procedimiento
La deuda era de todo tipo: banca, financieras de consumo, tres proveedores de ropa (uno de ellos ya la había demandado en un monitorio), la Seguridad Social y el servicio provincial de recaudación, que le embargaba parte del sueldo por impuestos municipales.
Dos de esas deudas merecen una mención:
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- El préstamo ICO. Lleva el aval del Estado, pero eso no lo convierte en intocable. Lo explicamos en detalle en el caso del autónomo al que se le cancelaron 298.000 euros.
- Los microcréditos para emprendedores. Que se presenten como financiación «social» no cambia nada: son deuda bancaria ordinaria y se exoneran como cualquier otra.
La deuda con la recaudación provincial también quedó cancelada, en línea con lo que ya vimos en el caso de los 176.000 euros heredados de una expareja.
3) Un concurso sin masa sin un solo obstáculo
Sin bienes que vender, el concurso se declaró sin masa (art. 37 bis TRLC). Los acreedores tenían un plazo para pedir el nombramiento de un administrador concursal y ninguno lo hizo. Después, al solicitar la exoneración, ninguno se opuso.
El resultado
El Juzgado acordó la conclusión del concurso y concedió a nuestra clienta la exoneración del pasivo insatisfecho. La resolución es firme y ordena a los acreedores comunicar la cancelación a los ficheros de morosos para limpiar su historial.
Las deudas con las administraciones, incluida la devolución de la prestación por cese de actividad, quedaron igualmente exoneradas. Hoy sigue trabajando y su sueldo vuelve a ser suyo.
Si cerraste un negocio y las deudas de entonces siguen llegando, también las de la mutua y la Seguridad Social, tu situación probablemente tenga salida. La clave está en preparar bien el expediente desde el primer día.
Imagen generada con IA con fines ilustrativos.
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